Páginas

miércoles, 17 de septiembre de 2014

Halajá Diaria: Taharat Ha mishpaja

Cobertura del cabello. Parte II

Anteriormente, se explicó que una de las conductas inherentes a la mujer judía es la modestia, ella  tal como estipula la Torah, debe cubrir su cabello (mujeres casadas) en público y vestir con modestia; acerca de ello el Rab. Rafael A. HaCohen Soae escribe en su libro “Leyes Matrimoniales” (capítulo 8) lo siguiente:

Prendas de vestir atractivas
Similarmente, a la mujer no le está permitido vestir prendas exageradamente atractivas que puedan llamar la atención de otros hombres que no sean su esposo, como prendas de color rojo, prendas ajustadas al cuerpo o un sombrero llamativo, aún cuando cumpla con los requisitos halájicos más estrictos en lo que respecta a cubrir el cabello. Lo mismo vale para las pelucas de cabello rubio brillante o largo, que cautiva la mirada de otros hombres. (Or LeZión 1:11; Majazé Eliyahu 9)

Acerca de las pelucas
La opinión de Rabbi Moishe Feinstein
De acuerdo con Rabbi Moshe Feinstein y otras autoridades, está permitido Lejatejilá que las mujeres casadas cubran sus cabellos en público con una peluca.
La opinión del Rebbe de Lubavitch
De acuerdo con el Lubavitcher Rebbe, la mujer casada debe cubrir su cabello utilizando una peluca y no utilizar otras coberturas de cabello.
La opinión del Rabino Ovadia Yosef
Según el Rabino Ovadia Yosef está prohibido que una mujer casada salga al dominio público cubriéndose su cabello con peluca. Estando en su hogar puede cubrir su cabello con peluca para embellecerse exclusivamente para su marido.

Continúa


Puede leer el capítulo completo en: Leyes Matrimoniales (Shonéhalajot.com)

0 comentarios:

Publicar un comentario