Cobertura
del cabello. Parte II
Anteriormente, se explicó que
una de las conductas inherentes a la mujer judía es la modestia, ella tal como estipula la Torah, debe cubrir su
cabello (mujeres casadas) en público y vestir con modestia; acerca de ello el
Rab. Rafael A. HaCohen Soae escribe en su libro “Leyes Matrimoniales” (capítulo
8) lo siguiente:
Prendas
de vestir atractivas
Similarmente, a la mujer no
le está permitido vestir prendas exageradamente atractivas que puedan llamar la
atención de otros hombres que no sean su esposo, como prendas de color rojo,
prendas ajustadas al cuerpo o un sombrero llamativo, aún cuando cumpla con los
requisitos halájicos más estrictos en lo que respecta a cubrir el cabello. Lo
mismo vale para las pelucas de cabello rubio brillante o largo, que cautiva la
mirada de otros hombres. (Or LeZión 1:11;
Majazé Eliyahu 9)
Acerca
de las pelucas
La
opinión de Rabbi Moishe Feinstein
De acuerdo con Rabbi Moshe
Feinstein y otras autoridades, está permitido Lejatejilá que las mujeres
casadas cubran sus cabellos en público con una peluca.
La
opinión del Rebbe de Lubavitch
De acuerdo con el
Lubavitcher Rebbe, la mujer casada debe cubrir su cabello utilizando una peluca
y no utilizar otras coberturas de cabello.
La
opinión del Rabino Ovadia Yosef
Según el Rabino Ovadia Yosef
está prohibido que una mujer casada salga al dominio público cubriéndose su
cabello con peluca. Estando en su hogar puede cubrir su cabello con peluca para
embellecerse exclusivamente para su marido.
Continúa
Puede leer el capítulo completo en: Leyes Matrimoniales (Shonéhalajot.com)
0 comentarios:
Publicar un comentario